Las sanciones e indemnizaciones son la mejor forma de reducir la conflictividad laboral.

Aunque hay liberales y, sobre todo, liberalistos que dicen lo contrario, los hechos demuestran que el peligro de sanción o indemnización es la mejor forma de prevenir el incumplimiento masivo de la legislación laboral por parte de las empresas en Españistán, especialmente en materia de horas extras. Se reducen los conflictos cuando la empresa no se atreve a generarlos, además de disminuir la carga de trabajo de los juzgados de lo social por la misma y evidente razón.

Sin entrar en detalles innecesarios, las sanciones actuales de la Inspección de trabajo tienen unos importes "fijos" de 70€ a 750€ por falta leve, de 751€ a 7.500€ por falta grave y de 7.501€ a 225.018€ por falta muy grave. Por lo tanto, es obvio que deberían tener unos importes mucho más elevados que los actuales, especialmente los de las faltas leves y graves, que son ridículos teniendo en cuenta que muchas veces se sanciona con el importe mínimo de cada intervalo.

No solo deberían ser superiores, sino que deberían depender del volumen de negocio de la empresa infractora, dado que actualmente la sanción es la misma por la misma falta, sin importar el tamaño y la potencia económica de la empresa. Al típico peluquero de pueblo, que los liberalistos disfrutan poniendo como ejemplo solo cuando les conviene, le ponen la misma sanción mínima de 7.501€ por falta muy grave que le ponen a Mercadona, a Telefónica, a Repsol... En cambio, cuando las empresas incumplen la Ley de Defensa de la Competencia, las sanciones oscilan entre el 1% y el 10% del volumen mundial de negocio de la empresa. ¿Por qué las sanciones por temas de competencia deben ser proporcionales mientras que las sanciones por temas laborales no? Pues porque se quedó con su bolso de piel marrón y sus zapatitos de tacón sentada en la estación... o algo así.

Cuando la sancionada sea una empresa, la sanción debería extenderse a cada uno de sus representantes legales o a las personas que integren los órganos directivos que hayan intervenido en el acuerdo o decisión que haya originado la falta. Igual que en la Ley de Defensa de la Competencia. Para evitar que se vayan de rositas con el truco de que "paga la empresa", especialmente cuando se trata de una administración o empresa pública en la que tenemos al funcionario listillo de turno que tira con pólvora ajena para conseguir que otros le hagan su trabajo.

Las sanciones deberían ser públicas, al menos las muy graves, porque los españoles tienen derecho a saber en qué empresa se están gastando el dinero como clientes. Lo más grandioso es que tú denuncias cosas que te perjudican directamente a ti, sancionan a la empresa, la empresa paga la sanción a la Seguridad Social, pero a ti no te dan ni un euro. ¿Qué ganas con denunciar? Pues quizá satisfacer un deseo de venganza... o no. Quizá que la sanción anime a la empresa a dejar de incumplir ese elemento de la legislación... o no. Quizá que puedas usar el informe de la Inspección para luego presentar una demanda individual ante los juzgados y que entonces sí te paguen lo que te corresponde por ese incumplimiento... o no. Lo lógico sería que la sanción consistiera en pagar una parte a la Seguridad Social y otra parte al trabajador afectado.

Hay otro elemento que merece una mejora muy sencilla y es descarado que hasta ahora no se haya implementado. Hablamos del plazo y del interés a la hora de reclamar cantidades a las empresas. El sistema está a favor de las empresas de forma que solo puedes reclamar lo que te deben del último año, aunque hay un truco para bloquear el plazo que casi nadie conoce, y de esa deuda solo te tienen que pagar el 10% adicional. Sea lo que sea lo que te deban: salarios porque se han "equivocado" de convenio, porque se han "equivocado" de clasificación profesional, porque directamente se lo pasan por lo alto, por retrasos o impagos, por horas extras ilegales, por todo a la vez... Pues qué barato que resulta incumplir. Si solo tienen que pagar un 10% más por las malas, ¿por qué pagar bien por las buenas? No es un error o fallo de la legislación, sino que está hecha así a propósito desde 1980 para favorecer a las empresas, que son las que realmente mandan en el Congreso de los Diputados mediante sus partidos testaferros. En cambio, cuando la empresa le debe dinero a la Seguridad Social, esta le puede reclamar hasta 4 años de deuda con una sanción adicional de entre el 50% y el 150%. ¿Por qué la Seguridad Social puede reclamar más deuda e intereses que los trabajadores? Pues porque desde Santurce a Bilbao vienen por toda la orilla o algo así.

En la última reforma laboral "de Yolanda Díaz" tenemos el mejor ejemplo reciente de la efectividad de las medidas punitivas. ¿Por qué creéis que ha aumentado muchísimo el número de contratos indefinidos? ¿Creéis que es porque esa reforma eliminó el contrato temporal por obra y estableció condiciones más restrictivas para el resto de los contratos temporales? Pues cuidado con romperos una pierna cuando os caigáis de la cama y os despertéis del sueño. Ya hubo otras reformas anteriores que hicieron lo mismo y se las pasaron por allí. La única razón del éxito de la última reforma en ese aspecto es que también estableció sanciones más altas por hacer contratos temporales fraudulentos y, sobre todo, porque esas sanciones se multiplican por el número de afectados. En el servicio de consultas de trabajadores de Laboro lo hemos notado perfectamente. Antes de la última reforma, era rarísimo ver un contrato indefinido desde el primer día, pero ahora es lo más habitual.

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