Por la prohibición global del uso de tecnologías de reconocimiento facial y biométrico

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10 junio, 2021
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Carta abierta para solicitar una prohibición global sobre el uso de las tecnologías de reconocimiento facial y reconocimiento biométrico remoto que facilitan la vigilancia orientada, masiva y discriminatoria

7 de junio de 2021
Publicada en Access Now

Quienes firmamos esta carta, queremos solicitar la prohibición total del uso de las tecnologías de reconocimiento facial y reconocimiento biométrico remoto que facilitan la vigilancia masiva, orientada y discriminatoria. Estas herramientas tienen la capacidad de identificar, seguir, encontrar y rastrar a las personas adondequiera que vayan, lo cual debilita nuestros derechos humanos y libertades civiles, incluidos los derechos a la privacidad y la protección de los datos personal, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la libertad de reunión y asociación (criminalizando las protestas, lo cual tiene un efecto paralizante) y los derechos a la igualdad y la no discriminación.

De hecho, hemos sido testigos de cómo las tecnologías de reconocimiento facial y reconocimiento biométrico remoto se han utilizado para violar una gran cantidad de derechos humanos. En China, Estados Unidos, Rusia, Inglaterra, Uganda, Kenia, Eslovenia, Birmania, los Emiratos Árabes Unidos, Israel y la India, la vigilancia de los ciudadanos y manifestantes ha debilitado los derechos de las personas a la privacidad y a la libertad de reunión y asociación. Los arrestos injustos de personas inocentes en los Estados Unidos, Argentina y Brasil han socavado los derechos a la privacidad, los debidos procesos y la libertad de movimiento. La vigilancia de las minorías étnicas y religiosas, así como otras comunidades marginadas y oprimidas en China, Italia y Tailandia, representa violaciones de sus derechos a la igualdad y la no discriminación.

Por diseño, estas tecnologías representan una amenaza para los derechos de las personas y ya han causado daños significativos. Ninguna salvaguarda legal o técnica podría ser suficiente para eliminar completamente el peligro que implican, y, por eso, creemos que no se deben utilizar en ningún caso en espacios públicos o de acceso público, ya sea por gobiernos o el sector privado. El potencial de abuso es demasiado grande, y las consecuencias, demasiado graves.

Solicitamos la prohibición porque, si bien una moratoria podría detener temporalmente el desarrollo y el uso de estas tecnologías, y conseguir tiempo para recopilar evidencia y organizar el debate democrático, ya es claro que estas investigaciones y discusiones solo reafirmarían que su uso en espacios de acceso público es incompatible con los derechos humanos y las libertades civiles, y se debe prohibir completa y definitivamente.

El alcance de nuestro pedido

Los términos «reconocimiento facial» y «reconocimiento biométrico remoto» comprenden una amplia variedad de tecnologías que incluyen desde el sistema de autenticación facial que bloquea un teléfono o autoriza el acceso a ciertos lugares, hasta la tecnología que identifica nuestra forma de caminar y los sistemas que afirman detectar la identidad de género o el estado emocional de las personas.

Nuestro pedido de una prohibición se centra, aunque no de forma excluyente, en el uso de estas tecnologías para identificar o distinguir a una persona de un conjunto más grande de individuos, lo que también se conoce como «identificación» facial o biométrica (es decir, coincidencia de uno a varios). Nos preocupa el uso de estas tecnologías para identificar, encontrar o rastrear personas mediante su rostro, su forma de caminar, su voz, su aspecto o cualquier otro identificador biométrico de un modo que permita la vigilancia masiva o la vigilancia orientada y discriminatoria, es decir, la vigilancia que tiene un impacto desproporcionado en los derechos humanos y las libertades civiles de las minorías religiosas, étnicas o raciales, las disidencias políticas y otros grupos marginados. También sabemos que, en algunos casos, los sistemas de «autenticación» biométrica o facial (coincidencia de uno a uno) se pueden implementar de un modo que permite establecer formas de vigilancia problemáticas, por ejemplo, mediante la creación de grandes bases centralizadas de datos biométricos que se puedan reutilizar con otros propósitos.

Si bien algunas aplicaciones del reconocimiento facial y el reconocimiento biométrico remoto afirman proteger la privacidad de las personas, ya que no vinculan los datos con su identidad legal, aún pueden utilizarse para encontrar personas en espacios públicos o hacer deducciones respecto de sus atributos o comportamientos. En todas estas situaciones, no importa si los datos se anonimizan para proteger la información identificable a nivel personal, o si solo se procesan localmente («on the edge»); el daño a los derechos se produce de todas formas, porque estas herramientas están diseñadas fundamentalmente para vigilar a las personas de un modo que es incompatible con nuestros derechos.

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Conclusión

Instamos a la sociedad civil, las agrupaciones de activistas, las comunidades académicas y otras partes interesadas de todo el mundo a firmar esta carta y unirse en la lucha para garantizar que el uso de estas tecnologías en espacios de acceso público se prohíba ahora y de forma definitiva para proteger los derechos humanos y las libertades civiles.

Firmantes

Comuníquese con banBS@accessnow.org para obtener más información sobre cómo puede apoyar esta iniciativa y visite accessnow.org/ban-biometric-surveillance para ver la lista completa de signatarios y agregar su nombre a la lista.
Esta declaración fue redactada por Access Now, Amnistía Internacional, European Digital Rights (EDRi), Human Rights Watch, Internet Freedom Foundation (IFF) y el Instituto Brasileiro de Defesa do Consumidor (IDEC)