RIVEIRA - La Agencia de Protección de Datos resuelve que el Concello infringió el uso de las cámaras de tráfico

RIVEIRA - La Agencia de Protección de Datos resuelve que el Concello infringió el uso de las cámaras de tráfico

La Agencia Española de Protección de Datos acaba resolver contra el Ayuntamiento de Riveira por infracción de una falta grave en la instalación de sus cámaras de videovigilancia, y le concede un plazo de un plazo de un mes al gobierno municipal para que corrija todas y cada una de las irregularidades encontradas en los dispositivos, según indicó el colectivo Dereitos Civís. Esta resolución administrativa se produce casi ocho años después de que una sentencia del Tribunal Contencioso-administrativo Número 1 de Santiago de Compostela emitió un fallo a favor del Concello tras denuncia presentada por la misma entidad.
El procedimiento vino motivado por una denuncia de Derechos Civís, que desde hace años viene alertando de las ilegalidades en la instalación y utilización del sistema de videocámaras del Concello riveirense. En su resolución, La Agencia Española de Protección de Datos refleja que el Ayuntamiento tiene instalados dos sistemas, uno en la zona urbana (integrado por cuatro cámaras) y otra instalación en el Polígono de Xarás (integrado por siete cámaras), cuya finalidad declarada por la Administración local para estas cámaras es el control del tráfico, y así lo comunica en los informes remitidos a la AEPD.
Sin embargo, desde Dereitos Civís indican que estas cámaras son usadas con otros fines, ya que se destinan a labores de videovigilancia de seguridad ciudadana, "tal e como o propio Concello de Riveira asegurou nun documento dirixido ao Valedor do Pobo, institución que leva una ano agardando a que o goberno municipal conteste aos seus requerimentos sobre a situación das cámaras".
La vigilancia para la seguridad pública se rige, según señala Dereitos Civís, por una normativa distinta y precisa del cumplimiento de unos requisitos más estrictos que las cámaras colocadas sólo para el control de tráfico. A cuyo objeto, recurrir la este tipo de instalaciones para labores de vigilancia de seguridad pública es un proceder habitual entre las administraciones locales, que con esta maniobra tientan eludir la normativa de protección de datos. Además, según señala el colectivo denunciante, la AEPD constató que, tanto las cámaras de la zona urbana como las del polígono, enfocan a partes de la vía pública ajenas al control de la circulación rodada, como parques, estacionamientos de naves industriales, aceras, zonas de acceso y otras; para las que el Ayuntamiento no tiene la autorización gubernativa preceptiva para la instalación de este tipo de cámaras, que no están habilitados los mecanismos para la recogida del consentimiento de las personas grabadas en la vía pública o incluso que en la descripción del fichero de datos en ningún momento se hace referencia al control del tráfico.
"Iso sen contar con que a instalación de cámaras que capten a vía pública con fins de seguridade cidadá é competencia exclusiva dos corpos e forzas de seguridade do estado e non pode recaer en empresas privadas de seguridade", precisan desde Dereitos Civís. Desde este último emitieron un comunicado en el que se saluda la resolución de la Agencia española de Protección de Datos, aunque entiende que llega tarde, y aguarda también que actúe contundentemente contra el Ayuntamiento de Riveira, en el caso de no regularizar sus videocámaras conforme a normativa vigente. Del mismo modo, lamenta "a nefasta actuación da Delegación do Goberno neste caso", ya que sostiene que se negó a tomar medidas contra la Administración local, a pesar de recibir la denuncia de la utilización de las cámaras sin la autorización pertinente. Por ello, insta a dicha institución a que muestre el mismo celo y diligencia a la hora de sancionar a las administraciones que incumplen la legislación que el que tiene para abrir expedientes a ciudadanos particulares.
Desde el Ejecutivo local indicaron que se trata de una resolución únicamente administrativa que entró por registro el pasado 20 de junio y que le requiere al Concello que en el plazo de un mes adopte las medidas de orden interno necesarias para adaptarse a la normativa. "Seguiremos os dictados da Agencia Española de Protección de Datos, que pasan por regularizar la situación de las cámaras de tráfico con la creación de su fichero y la adaptación del enfoque de las imágenes, reorientando y evitando en lo posible captar partes de la vía pública no necesarias, aportando documentos e imágenes resultantes de dicha adaptación que incluyan asimismo los carteles informativos expuestos. Del mismo modo, para el caso de que las cámaras se destinen a su uso por razones de seguridad pública deberán indicar las que se encuentran en tal situación y solicitar la autorización y obtener la resolución favorable de la Delegación del Gobierno que soporte el citado uso. Esta resolución será uno de los asuntos que se tratará en la junta de gobierno local que está previsto que se celebre este jueves y se aprobará la ado`pción de las medidas exigidas por la AEPD.
 

 

RIVEIRA - La Agencia de Protección de Datos resuelve que el Concello infringió el uso de las cámaras de tráfico

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