AYUDA AL ACOMPAÑAMIENTO
Serán beneficiarias, las personas físicas y jurídicas portadoras de una idea de proyecto empresarial de carácter innovador industrial o de servicios conexos y que se vaya a poner en marcha en la Comunidad CAPV.
1.- Plazo máximo de ejecución de los proyectos de acompañamiento, 18 meses a partir del inicio del proyecto.
Requisitos Persona Física
1.- La persona física deberá acreditar su Empadronamiento en la CAPV.
AYUDA DE ACCESO A LA FINANCIACIÓN
Serán beneficiarias, las personas jurídicas que se comprometen a realizar un Plan de Empresa en la CAPV y que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Actividad de carácter innovador industrial o de servicios conexos.
2.- Generación de al menos 3 empleos en 3 años.
3.- Tener su domicilio social, centro de decisión y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAPV.
4.- Ser de nueva creación, entendida como tal, toda empresa creada después del día 1 de enero del año anterior al de presentación de la solicitud.
5.- No tener deudas vencidas con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI ni con las entidades colaboradoras y promotoras, tanto la beneficiaria como las personas promotoras u otras sociedades vinculadas.
6.- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la vigente Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.
7.- Tener su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente.
8.- Tener la calificación de PYME
Requisitos de las Inversiones a financiar :
1.- Deben corresponder a elementos del activo fijo, destinados a la instalación, ampliación y/o mejora de activos fijos adquiridos a terceros.
2.- Deberán ser autofinanciadas con aportaciones de las personas promotoras en un mínimo del 30% mediante aportación de capital suscrito y desembolsado, sin computar la parte que provenga de subvenciones.